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Molvízar

Bandera de Molvízar.

Bandera de Molvízar.

 

 

DECRETO 37/1999, de 23 de febrero, por el que

se autoriza al Ayuntamiento de Molvízar (Granada),

para adoptar su bandera municipal.

El Ilmo. Ayuntamiento de Molvízar (Granada) ha estimado

oportuno adoptar su bandera municipal, a fin de perpetuar

los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren

las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el

acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión cele-

brada el día 20 de noviembre de 1997, publicado en el Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía núm. 20, de fecha 19 de

febrero de 1998, lo elevó a la Consejería de Gobernación

y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Córdoba de

Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, emitió informe, median-

te acuerdo de 4 de noviembre de 1998, indicando que la

bandera debía simplificarse, suprimiendo los filetes blancos

e incorporando el escudo municipal. El Ayuntamiento Pleno,

en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 1998, acordó

rectificar el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación

en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 1997 y aprobar

la bandera municipal de Molvízar (Granada) según las reco-

mendaciones de la Real Academia de Córdoba.

El expediente se sustanció conforme a las normas esta-

blecidas al respecto en la Ley Reguladora de las Bases del

Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por

el que se establece el procedimiento para la aprobación y

rehabilitación de escudos heráldicos, banderasy otros símbolos

de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere com-

petencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía

en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artícu-

lo 2, apartado 7 del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y

del artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobier-

no y la Administración de la Comunidad Autónoma, a pro-

puesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa

deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día

23 de febrero.

D I S P O N G O

Primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Molvízar (Gra-

nada) para adoptar su bandera municipal, que quedará orga-

nizada en la forma siguiente:

 

 

Bandera rectangular, vez y media más larga (del asta

al batiente) que ancha, terciada en bajo: Gualda, azul ban-

dera y verde bandera; centrado y sobrepuesto el escudo de

armas local.

Segundo. El presente Decreto producirá efectos el mismo

día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía admi-

nistrativa, se podrá interponer recurso contencioso-adminis-

trativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Anda-

lucía competente en el plazo de dos meses contados a partir

del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artícu-

los 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

 

Sevilla, 23 de febrero de 1999

 

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

 

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia.

 

 

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